jueves, 25 de octubre de 2012

Radio Difusión Sonora

El Título VIII de la Ley 1341 de 2009 trata del Servicio de Radiodifusión Sonora estableciendo sus principios, la forma de prestación del servicio, programación, obligaciones entre otros. Este título se reglamenta mediante Resolución 415 de 13 de Abril de 2010, la cual en su artículo 3 que establece: la radiodifusión sonora es un servicio público de telecomunicaciones, a cargo y bajo la titularidad del Estado, orientado a satisfacer necesidades de telecomunicaciones de los habitantes del territorio nacional y cuyas emisiones se destinan a ser recibidas por el público en general. (Archivo de la Ley 1341 de 2009


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