jueves, 25 de octubre de 2012

DECRETO 2058 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 1995


  • Servicio de radioaficionado. Es un servicio de radiocomunicaciones que tiene por objeto la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos efectuados por aficionados debidamente actualizados que se interesan en la radioexperimentación con fines exclusivamente personales y sin ánimo de lucro



  • Bandas, atribución de frecuencias y tipos de emisión.



 BANDASERVICIOS
CATEGORÍA
1.800 - 1850 KhzAficionados
Primario
1.850 - 2.000 KhzAficionados
Primario
3.500 - 3.750 khz.Aficionados
Primario
7.000 - 7.100 KhzAficionados y
Aficionados por satélite
Primario
7.100 - 7.300 Khz.Aficionados
Primario
14.00 - 14.250 KhzAficionados y
Aficionados por satélite
Primario
14.250 - 14.350 KhzAficionados
Primario
18.068 - 18.168 Khz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario
21.000 - 21.450 Khz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario
24.890 - 24.990 Khz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario
28.000 - 29.700 Khz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario
50.0 - 54.0 Mhz.Aficionados
Primario
144.0 - 146.0 Mhz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario
146.0 - 148.0 Mhz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario
220 - 225 Mhz.Aficionados
Primario
430.0 - 440.0 Mhz.Aficionados
Primario
24.00 - 24.05 GhzAficionados y
Aficionados por satélite
Primario
47.00 - 47.20 GhzAficionados y
Aficionados por satélite
Primario
142.00 - 144.00 GhzAficionados y
Aficionados por satélite
Primario
248.00 - 250 Ghz.Aficionados y
Aficionados por satélite
Primario


  • servicio de radioaficionado, se requiere obtener licencia del Ministerio de Comunicaciones, previo el cumplimiento de los requisitos señalados en este Decreto



  • Toda persona que desee obtener una licencia de radioaficionado, deberá aprobar un examen que certifique su aptitud ante el Ministerio de Comunicaciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario