
Con esta ley se pretende regular la prestación del servicio de telefonía móvil en cuanto el aspecto legal y jurídico el cual es supervisado por el ministerio de telecomunicaciones en el país.
PRESTACION DEL SERVICIO
El servicio de telefonía móvil celular estará a cargo de la Nación, quien lo podrá prestar directa o indirectamente, a través de concesiones otorgadas mediante contratos a empresas estatales, sociedades privadas, o de naturaleza mixtas.
Las empresas que presenten las licitaciones para adquirir el permiso para poder ofrecer el servicio deberán ser anónimas las cuales serán convocadas por el ministerio de comunicaciones.
CRITERIOS PARA SERVICIO MOVIL
- El servicio debe prestarse en todo el territorio tanto como en la parte urbana como en la rural sin excepción alguna.
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